martes, 4 de noviembre de 2008

Participación comunitaria, vulnerabilidad y desarrollo.

El siguiente escrito es un resultado de varios documentos , el primero como resultado del trabajo desarrollado para la Cátedra Latinamericana de Criminología y DDHH Alessandro Baratta, su ensayo fundacional , que recoge las conceptualizaciones en los cuales se fundamenta, escrito que se hizo conjuntamente con el profesor Juan Carlos Domínguez Lostaló, miembro fundador de la Cátedra en al año 2002 y la profesora Paula Dobles.
El segundo documento básico es la propuesta para el dignóstico del programa de seguirdad comunitaria presentado al BID en al año 2003. Elaborado por Paula Dobles.Msc.
Participación comunitaria, vulnerabilidad y desarrollo.

Una política criminal basada en los derechos humanos permite consolidar la democracia participativa y por ende contribuye a la libertad. La misma requiere la participación comunitaria y el consenso para garantizar la seguridad humana. Ésta es una condición necesaria para el desarrollo humano cuando se proporciona desde el marco de la organización comunitaria. El éxito o el fracaso de las acciones políticas tomadas en el sentido de proveer la seguridad humana y el desarrollo humano sustentable deben en ser evaluadas en función del impacto sobre las personas, su grupo de primario y sus comunidades. Pese a las reiteradas exhortaciones de Naciones Unidas, hasta ahora en Costa Rica no se ha incorporado eficientemente la política criminológica a los planes de desarrollo del Estado. Es manifiesta la discordancia entre los modelos de control social y los modelos de desarrollo económico, lo que ha determinado una imprevisión en los costos sociales, humanos y financieros de toda adecuación a las nuevas estructuras, determinando la necesidad de mejorar cualitativa y significativamente el tema de seguridad de los habitantes. Los efectos de las imprevisiones mencionadas y el resultado adverso en las estructuras de la administración justicia, se han hecho recaer en un desplazamiento de responsabilidades sobre las estructuras más vulnerables del sistema de control social, especialmente notorio en la policía, el sistema penitenciario y el sistema de niñez y adolescencia en conflicto penal y últimamente en la escuela debido a que son los que mantienen el contacto directo y permanente con la población asistida. La vulnerabilidad social de los más desposeídos hace muchas veces imposible garantizar –autogestionariamente - los recursos mínimos para la subsistencia, que es buscada entonces en formas no aceptadas socialmente (como la mendicidad y el delito menor, entre otras). Pero es evidente que formas predisponentes a esta última opción se van generando a partir de episodios de violencia de distinto tipo, tales como la violencia doméstica, contra la mujer, maltrato infantil, etc. Estos, en buena parte, se corresponden con aumentos de la ansiedad e inestabilidad generada por problemas vinculares y sociales que deben ser encarados en formas adecuadas, con la aplicación de nuevas metodologías de abordaje para la organización comunitaria, que sean eficaces para contener esas formas de vínculo generadoras de conflicto. Ha quedado demostrado en experiencias realizadas que sin sólidos vínculos horizontales, las personas de los sectores más necesitados se desconocen entre sí y desconocen la normativa, en tanto ésta no logra aportarles la suficiente cobertura social que permita sobrevivir sin generar conflicto con la ley.

Toda estrategia de prevención y control del delito, entendido éste como manifestación de violencia o de conflicto con la ley, busca modificar las situaciones de vulnerabilidad (violación de derechos humanos) mediante programas tendientes a crear condiciones de vida que aumenten las oportunidades de comportamientos que disminuyan el conflicto social y por ende permitan un mejoramiento en la calidad de vida en las estrategias de supervivencia. Es necesario prever legalmente la posibilidad de actuación plena e integrada de la comunidad, la policía e instituciones del Estado y, según los niveles pertinentes de la prevención, que conllevan necesariamente a la integración comunitaria. Las acciones de prevención y control del conflicto social constituyen un recurso de protección a las poblaciones más vulnerables para promover en ellas una organización comunitaria que les permita integrarse efectivamente en el contexto social. Distintas experiencias latinoamericanas demuestran que cuanto más represivo se vuelve el sistema de control social, más se elevan los indicadores de violencia institucional y delito. Por ello, hoy el concepto fundamental desde una criminología basada en los derechos humanos y que pretenda la seguridad humana de todos los habitantes es que la política criminal debe ser eficiente, moderna y rápida dentro de una política social integrada. Violencia e impunidad se relacionan directamente con la inequidad social y ésta se haya conectada con la corrupción estructural. Se ha afirmado que sin niveles mínimos de equidad, no es posible disminuir el delito en franjas poblacionales que lo tienen como estrategia de supervivencia, operando, de hecho, como redistribución salvaje de la riqueza. La atención del conflicto social desde la Gestión Comunitaria en Seguridad, cuando es parte de un programa integral de Seguridad Humana, permite reducir el gasto operativo en la represión para mejor aprovechamiento en prevención del conflicto social. Esto implica atender la pobreza restituyendo derechos, antes que reprimir o encerrar a algunos de los habitantes en pobreza extrema que, habiendo sido antes vulnerados, se han vuelto ahora peligrosos para la organización social.
El nuevo rol de la policía comunitaria es articularse dentro de la estrategia de prevención del conflicto social y del delito, lo cual implica intervenir sobre las situaciones de violencia y/o conflicto con la ley, reduciendo la vulnerabilidad que implica la violación de derechos humanos y coadyuvando a recrear estrategias de supervivencia que aumenten las oportunidades de comportamientos en el marco normativo. Estas acciones requieren la participación activa de la comunidad y la policía comunitaria y constituyen un recurso de protección a las poblaciones más vulnerables, reduciendo los índices de violencia y preservando la seguridad de los habitantes de la comunidad.
Por tanto, el nuevo rol de la policía comunitaria deber ser orientado a formar a los profesionales policiales, posibilitando el acceso en profundidad a los conocimientos propios de la policía, procurando su gestión y su perfeccionamiento desarrollando una práctica profesional que satisfaga la necesidad de protección y seguridad de los habitantes. La policía comunitaria, en realidad, no se puede afirmar que se trate de un nuevo concepto, sino más bien de la recuperación del modelo elaborado hace más de 150 años por el británico Robert Peel y aplicado a la policía metropolitana de Londres[1].
El modelo busca crear vínculos de confianza y respeto entre la comunidad y la policía. Se establecen pequeños puestos policiales en la comunidad, de donde pares de policía recorren el vecindario, atienden las demandas locales y así establecen vínculos con los vecinos. El papel del policía en este contexto es resolver ofensas menores, detectar y contrarrestar rápidamente brotes de violencia en la zona y generar lazos de colaboración y credibilidad dentro de la comunidad. El contar con mayor respaldo de la comunidad contribuye al control social de la violencia, mejora el reporte de delitos y facilita la acción policial. El efecto más importante que se busca es reducir el número de delitos, ya sea porque se resuelven las disputas por medios no violentos, porque se detectan más fácilmente centros de consumo de droga y alcohol, y porque se tienen identificados los individuos más proclives a la violencia[2]. El modelo de policía comunitaria exige la descentralización de la línea de comando y control hacia el ámbito local y un aumento importante del margen de acción de la policía en su trabajo[3].

Los objetivos del nuevo modelo son: mejorar la calidad de vida los habitantes, favorecer una mayor cohesión y solidaridad sociales, conseguir la disminución de ciertos delitos y del sentimiento de inseguridad, mejorar la imagen de la policía, sensibilizar a la población sobre el problema de la seguridad personal y contribuir a la participación de la comunidad en la resolución de los problemas sociales (incluido el delictivo)

La seguridad comunitaria abre espacios para la participación de grupos sociales nuevos, ajenos a los tradicionales en el tema de seguridad. Por ejemplo, este tema, así como el de policía, siempre se ha considerado como masculino y propio de los hombres. Sin embargo, la experiencia demuestra que un elevado porcentaje de los integrantes de las organizaciones de la comunidad son mujeres, también va en aumento la participación de la mujer en los distintas estructuras de la policía. Este tema debe ser abordado con particular interés durante el desarrollo de la evaluación.

Dentro del concepto de policía como servicio público, el modelo de seguridad comunitaria da un paso más e intenta convertirse en catalizador para conseguir una mejora en la calidad de vida de la comunidad. Es un nuevo concepto[4] que no se trata de un grupo dentro de la policía, si no que es una filosofía de trabajo que debe fijar el nuevo rol del y la policía, desde un punto de vista que se podría resumir con el aforismo "mejor que la detención de un infractor es la de destinar acciones a disminuir las condiciones de riesgo y vulnerabilidad de un miembro de la comunidad. El policía de proximidad ya no debe tener como único objetivo el control del delito, sino que debe proteger muchos mas valores, que incluyen la solidaridad vecinal, la resolución de pequeñas disfunciones sociales, etc.

Se pueden extraer dos características presentes en todas las formas del modelo:

· Transformaciones en la estructura de los cuerpos de policía orientadas a la descentralización y a la reducción del radio de acción policial a un vecindario específico, siempre más cerca del ciudadano.

· Políticas de acercamiento, participación y movilización de la comunidad y su involucramiento en el fortalecimiento del sentimiento de seguridad integral mediante la prevención social o prevención primaria y la educación a los habitantes para que cambien sus prácticas cotidianas de seguridad.

Dentro de los objetivos del modelo de seguridad comunitaria, en algunos países se ha planteado la disminución de las denuncias por abuso por parte de la policía. La tesis es que la participación comunitaria genera un mayor control social hacia esa institución, además de los cambios en su perfil y capacitación. Por eso, la seguridad comunitaria es también un esfuerzo por reforzar el tema de los derechos humanos y la perspectiva de género, especialmente en cuanto a los procedimientos policiales.

[1] CHINCHILLA, Laura. Policía de Orientación Comunitaria: Una adecuada alianza entre policía y comunidad para revertir la inseguridad. Santiago: BID, 1999 Pág. 2.
[2] LEDERMAN, Daniel y otros. “Reflexiones sobre Agendas de Investigación y Políticas Públicas”. En: FAJNZYLBER, Pablo. Crimen y Violencia en América Latina. Washington: Banco Mundial, 2001. Pág. 248.
[3] BID. El Rol de la Policía en el Control de la Violencia. Washington: BID-Nota Técnica No 9.
Pág. 1
[4] En algunos lugares se le ha llamado con otros nombres como “Policía de Proximidad” (España), “Policía Vecinal” (Chile) o “Policía Comunitaria” o incluso se le relaciona con la “Policía de Solución de Problemas”. El separar las categorías comunidad -polícia-particpación, puede conllevar problemas como el aislamiento de los cuerpos de policía, el abandono de las responsabilidades del Estado en materia de seguridad y hasta casos donde las comunidades toman la ley en sus manos poniendo en peligro a sus ciudadanos o violando los derechos humanos.
Para Costa Rica el modelo no es tampoco del todo extraño. Experiencias como el concepto del sistema de trabajo de la antigua Guardia Rural con su ”Policía de Barrio”, o el más antiguo concepto del “Jefe Político”, son antecedentes que favorecen el retomar la idea de la cercanía entre la autoridad y la comunidad.
Nota aclaratoria:
La Tolerencia Cero para nosotros es la no toleracia a la violencia y sus distintas manifestaciones , a la injusticia social, a la represión violenta y a mansalva, a la violación de los derechos humanos de cualquier ser humano independientemente de su condición, no tolerancia a la impunidad de los delitos de cuello blanco, corrupción y diferentes formas de crimen organizado; nos avocamos al respeto aboluto del debido proceso y al Estado de Derecho. No impulsamos ningun tipo de control social punitivo y represivo , si no que fomentamos un control social democrático y participativo.

Prevención primaria: acción integral

Prevención primaria: acción integral

Actualmente se considera que el éxito de los esfuerzos por promover la seguridad humana, la prevención primaria depende, en gran medida, de la formulación de soluciones integrales a ciertas amenazas específicas y complejas, que están relacionadas entre sí. Toda tensión, conflicto o inequidad puede tener o tiene un impacto directo en la seguridad humana y muchos otros fenómenos y conductas nocivas para una convivencia pacifica. Para combatirlas se necesitan acciones integrales de cooperación, de índole preventiva, y que comprometan a todos o la mayoría de los sectores de la sociedad, atendiendo situaciones puntuales de urgencia que se han generado en los últimos tiempos sin que hayan podido resolverse en forma adecuada. Sólo de ese modo se puede promover la confiabilidad en el aparato estatal. Las disfunciones sociales están presentes en todas las comunidades y afectan a la familia, la educación, el trabajo, la cultura, las relaciones étnicas, las relaciones con jóvenes y adultos, el lugar de la mujer en la sociedad, la vivienda, el acceso a la tierra, etc. Se está reconociendo, al mismo tiempo y cada vez más, el hecho de que los problemas asociados con la violencia, el delito, y con su represión, sólo se resuelven adoptando un enfoque más amplio que tome en cuenta la seguridad humana en el sentido ya expresado y trascienda el ámbito de la mera respuesta policial, como forma única de combatir el delito.

Programa de formación y sensibilización en Seguridad Humana

Programa diseñado por la Directora Paula Ximena Dobles.MSC
Cátedra Latinoamericana de Criminología y DDHH Alessandro Baratta. Ejecutado 2004.
Asesoría del Profesor y Criminólogo Juan Carlos Domínguez



PROGRAMA DE SEGURIDAD HUMANA DE LOS HABITANTES

En América Latina existe la necesidad emergente de relacionar las problemáticas más importantes de los países de la región a la seguridad humana de los habitantes, y articularlas con la teoría y práctica de las disciplinas vinculadas al quehacer de la política social y; también de analizar críticamente la aplicación del conocimiento teórico y práctico científico, relacionado con la criminología, en sus expresiones teóricas y prácticas. Es por ello que se hace especial énfasis en la formación de profesionales, académicos, técnicos y operadores para apoyo de: un sistema de control social democrático, es decir horizontal, participativo y consensuado, y el Desarrollo Comunitario Sustentable, en el marco de los Derechos Humanos.
La propuesta del PROGRAMA en el marco del nuevo Paradigma de la Seguridad Humana de los Habitantes se basa en la necesidad de que los funcionarios, profesionales, universitarios, tengan una visión que les permita encuadrar su accionar con pleno conocimiento de las formas más sutiles del condicionamiento de su práctica. Ese condicionamiento no es sino el producto de la sujeción de la conciencia científica, en cada momento histórico, a las corrientes dominantes de su tiempo.
Es indudable que el ejercicio del Control Social es propio y connatural a toda organización socio-económico-cultural, independientemente de la complejidad que la misma tenga. Sin embargo, ese control no es un fenómeno uniforme; hay un modo acrítico de ejercerlo en el acatamiento a las determinaciones de los grupos de poder, que marca una verticalidad funcional, preparada para la inscripción y la transmisión inconsciente de esa sujeción.
Se incorporan así, los temas trabajados, las experiencias exitosas y permanentes en tal sentido, que enseñan con su metodología de abordaje, que la modificación del sistema de control social de legitimación y el Desarrollo Comunitario de los países de la Región, es posible; y que se abre un nuevo modo de encuadrar las técnicas y de leer las teorías en el sentido concreto de la participación grupal como eje de la posibilidad de una integración solidaria y de pleno derecho a la palabra, que es el derecho al disenso, verdadero estructurante de la concepción democrática.
De esta forma se busca incidir en los procesos de reestructuración y reforma del Estado, incluyendo sus reformas penales y sociales con respeto a las particularidades de cada país de América Latina. Debe señalarse que, entre los objetivos inmediatos de la formación que se brinda, cobran una especial significación el mejoramiento de la gestión de los sistemas de administración de justicia, conforme a prioridades establecidas a partir de la evaluación del impacto social e institucional de los resultados alcanzados hasta este momento, y las posibilidades reales de acceso a los mismos. Conforme lo establezcan las investigaciones realizadas y por realizarse, desde esta unidad académica, donde se deben tomar en cuenta -en modo particular- las experiencias históricas desarrolladas en América Latina en la aplicación de los modelos precursores, la eficiencia en la aplicación de metodologías y tecnologías de intervención en las políticas de niñez, adolescencia y juventud, en el tratamiento del delincuente y en la atención de niños y adolescentes en conflicto con la ley y también y sobre todo, en lo referente en la formación de los profesionales, técnicos y operadores de las instituciones públicas relacionadas con esta materia.

PRINCIPIO DIRECTRIZ:
Profundizar LA DISCUSIÓN, EL ANALISIS Y LA CAPACITACIÓN PROFESIONAL, dentro del marco de la Doctrina de los Derechos Humanos, para el trabajo en el ÁMBITO de la Administración de Justicia en América Latina .

PRINCIPIOS OPERATIVOS
A) Generar un espacio de intercambio activo para el abordaje integral de la temática que nos convoca.
B) Lograr un análisis crítico de los Factores de Riesgo Psicosocial que se ponen en juego en nuestra sociedad, a través del Control Social que ésta ejerce (Vulnerabilidad).
C) Reconsiderar la función social y psíquica del Sistema de Control Social Institucional Punitivo-Represivo, procurando, en base a un análisis de situación, proveer herramientas para la adecuada "No-Institucionalización", en el marco de la doctrina de la "Protección Integral".
D) Orientar la capacitación realizada en Ciencias Sociales y Humanas, para generar acciones alternativas al castigo, que representa el encierro institucional, como estrategia de cura o rehabilitación.
E) Consolidar bases teóricas y técnicas para desarrollar redes de contención comunitaria, sustentadas en procesos de participación activa, derecho al disenso y autogestión, que tiendan a disminuir la Vulnerabilidad psíquica y social.